Si impugno una deuda que se está cobrando, ¿puede un cobrador seguir intentando cobrarme la deuda?

Cualquier cobrador que se ponga en contacto con usted alegando que debe dinero por una deuda está obligado por ley a darle cierta información sobre la deuda. Esa información debe incluir:

  • El nombre del acreedor
  • El monto adeudado
  • Que usted puede disputar la deuda y que si no la disputa dentro de los 30 días, el cobrador de deudas asumirá que la deuda es válida
  • Que si usted disputa la deuda por escrito dentro de los 30 días, el cobrador de deudas proporcionará la verificación de la deuda
  • Que si usted solicita el nombre y la dirección del acreedor original dentro de los 30 días, si es diferente del acreedor actual, el cobrador de deudas le proporcionará esa información
  • Si el cobrador de deudas no proporciona esta información cuando se pone en contacto con usted por primera vez, el cobrador de deudas está obligado a enviarle una notificación por escrito que incluya esa información en un plazo de cinco días desde que se puso en contacto con usted por primera vez.

    Advertencia: Puede perder valiosos derechos si no disputa una deuda por escrito en un plazo de 30 días.

    La CFPB ha preparado modelos de cartas que un consumidor podría utilizar para responder a un cobrador que está tratando de cobrar una deuda, junto con consejos sobre cómo utilizarlas. Los ejemplos de cartas pueden ayudarle a obtener información, detener o limitar cualquier comunicación posterior, o proteger algunos de sus derechos. Guarde siempre una copia de su carta para sus archivos.

    Tiene 30 días para impugnar una deuda o parte de ella en un plazo de 30 días a partir de la primera vez que reciba la información requerida por el cobrador. Una vez que dispute la deuda, el cobrador no puede llamarle o ponerse en contacto con usted para cobrar la deuda o la parte de la deuda disputada hasta que el cobrador le haya proporcionado la verificación de la deuda por escrito. Su disputa debe hacerse por escrito para asegurarse de que el cobrador de deudas tenga que enviarle la verificación de la deuda.

    Si tiene problemas con el cobro de deudas, puede presentar una queja ante la CFPB en línea o llamando al (855) 411-CFPB (2372).